Desde Marefincas os resolvemos alguna de las dudas más comunes sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
1- ¿Tiene el vendedor de una vivienda la obligación de comunicar al administrador la venta del inmueble?
Si, el vendedor de la vivienda tendrá que ponerse en contacto con la persona que ejerza el puesto de Secretario-Administrador para comunicar el cambio de titularidad del inmueble, en caso contrario seguirá respondiendo a las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión.
2- ¿Cuáles son los órganos de gobierno de una comunidad?
a) La Junta de Propietarios.
b) Presidente.
c) Secretario-Administrador.
3- ¿Es obligatorio ostentar el cargo de presidente?
Sí, aunque el propietario designado podrá solicitar su renuncia a un juez dentro del mes siguiente a su nombramiento, argumentando razones tales como minusvalía o edad avanzada.
4- ¿Cuánto tiempo tengo que ostentar el cargo de presidente de la comunidad?
Salvo que los estatutos de la comunidad digan lo contrario los cargos de los órganos de gobierno (presidente, administrador, etc…) serán por un plazo de un año.
5- ¿Puede una propietario cualquiera convocar una reunión de propietarios?
No, según el art.16 de LPH La Junta de Propietarios la convocará el presidente o la cuarta parte de los propietarios de la comunidad o un número de estos que representen el 25% de las cuotas de participación.
6- ¿Cuál es el plazo para la citación a los propietarios en un Junta Ordinaria y Extraordinaria?
En la Junta ordinaria se hará con al menos 6 días de antelación y para las extraordinarias con el tiempo para que llegue a conocimiento de todos los interesados.
7- ¿Cuáles son las funciones de la Junta de Propietarios?
Según el Art.14
a) Nombrar y remover a las personas de presidente y administrador.
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsible.
c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de las obras de reparación de la finca.
d) Aprobar o reformar los estatutos.
e) Decidir los asuntos de interés general.
8- Soy propietario de un local ¿Estoy obligado a pagar los gastos de mantenimiento de ascensor aunque no lo utilice?
En la LPH se establece que todos los propietarios de viviendas o local están obligados a contribuir a los gastos comunes que generen aquellos servicios que no son susceptibles de individualización, con independencia de que los utilicen o no. Pero también es posible que en los estatutos, que rigen el funcionamiento de la comunidad, o bien en las escrituras de constitución de la comunidad, expresamente se prevea que los propietarios de estos locales estén obligados a la contribución a los gastos comunes de aquellos servicios que no utilicen.
9- ¿Qué se tiene en cuenta en el momento de computar los votos en una reunión?
Por cada piso hay un voto. Si una persona es propietaria de varios pisos, tiene un solo voto, pero la cuota de participación es la suma de todos los pisos que tenga en propiedad.
10- ¿Qué acuerdos de la junta de propietarios pueden ser aprobados por mayoría de tres quintos?
Aquellos acuerdos destinados al establecimiento o supresión de servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes al interés general.
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